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A lo mejor, su Señoría debería de haber sido un poco más respetuoso y considerado con esa Sociedad que le paga su sueldo, con el único fin de que ejerza como árbitro, obligando al cumplimiento
de las leyes, protegiéndola así, de los diferentes peligros y riesgos
que la delincuencia la pudiera ocasionar.
Evidentemente, en mi caso no existía ningún riesgo para ella que
aconsejara mi encarcelación.
Estoy completamente seguro de que la Sociedad, y más en estos
tiempos de crisis económica, habría decidido por unanimidad no
ingresarme a mí en la cárcel y dar por perdidos los novecientos
euros de mi condena. Porque sale muy caro matar las moscas a
cañonazos. Sólo hay que hacer unos pocos números para darse
cuenta de ello.
También su Señoría sabría, que una vez liquidada mi condena,
superior a seis meses, el Estado, como representante de esa Sociedad,
me proporcionaría un subsidio para liberados de prisión de
421,79 euros al mes, para ayudarme a lograr mi total reinserción en
su conjunto. Con unos días de derecho de quinientos cuarenta, es
decir, durante dieciocho meses.
Yo me enteré cuando presenté en la oficina del INEM (la que a
mí me correspondía en la población de El Tiemblo), el documento que me entregaron en la jefatura de la prisión Victoria Kent el
día que me liberaron. Provocando en mi estado de ánimo, risa y
pena al mismo tiempo.
Por ende, al señor magistrado le constaba que yo no tenía ni
dinero ni bienes que me pudieran haber sido embargados para
forzarme al pago de los novecientos euros a los que él me condenó como castigo por haber dejado, al quedarme sin trabajo, de pasar
a mis dos hijos asturianos la pensión de trescientos euros al mes a
la que estaba obligado judicialmente. Yo sabía que ellos, por otro
lado, estaban siendo mantenidos en ese momento sobradamente
por su madre.
Por lo tanto, mi reinserción en la Sociedad sólo depende de mi
capacidad económica. Si ésta no mejora, necesariamente yo seguiré cometiendo el mismo delito por abandono de familia, por
mucho que me amenacen con volverme a ingresar en prisión.
Su Señoría tomó una decisión que no ha conseguido ninguno
de los dos objetivos derivados del establecimiento de una pena de
cárcel.
Con ella no ha resuelto ni la reinserción del penado, que sólo depende
de su economía, ni satisfacer a la Sociedad compensándola
con un beneficio económico, por el perjuicio recibido, sino todo
lo contrario.
Juzguen ustedes mismos:
Costo diario de reclusión 54,79 euros
Días de pena 225 días
Costos Totales (Reclusión) 12.327,75 euros
Subsidio para liberados de prisión 421,79 euros
Días de derecho 540 días
Costos Totales (Subsidio) 7.592,22 euros
Gastos de pena soportados por la Sociedad 19.919,97 euros
Cuantía económica de la deuda penada 900,00 euros
Gasto total de pena soportados por la Sociedad 19.019,97 euros
¡QUÉ BARBARIDAD!
En mi opinión, el encargado de velar por el buen uso del dinero
público, es decir; del dinero que todos aportamos a las arcas
del Estado, debería de exigir responsabilidades al Administrador
Público que cometiera un despilfarro con ese dinero tan ineficaz,
irresponsable e injustificado como el que se ha hecho conmigo.
Lo que está claro es que su Señoría no debía saber que si la condena
de cárcel hubiera sido inferior a seis meses, la Sociedad se
habría ahorrado conmigo los 7.592,22 € del subsidio, a los que no
tiene derecho ningún preso en esas condiciones. Y desde luego, a
mí me habría jodido exactamente igual que con la máxima pena
que él había podido determinar, de siete meses y quince días.
¿O a lo mejor, sí?
Decirle al Magistrado de Avilés, Señor Niño, que a la Sociedad
le habría beneficiado muchísimo más ponerme a pintar farolas en
el Paseo de la Castellana, o incluirme en una Ambulancia del 112,
a lo mejor de conductor, hasta haber liquidado los 900,00 € de mi condena. Pero puede que sea una tontería; porque si él hizo lo
que hizo, seguramente fue porque para él la Sociedad saldría más
beneficiada, dado que yo, de aquella manera, sería capaz hasta de
escribir un libro.
Es decir, financiación pública de 12.327,75 € para un escritor
novel que ni siquiera sabemos a priori si es capaz de escribir algo. ¿Pero lo será el sistema Judicial español de reconocer alguna de
estas tonterías que yo digo gracias a su financiación?
¿O a lo mejor no?
Para mí sigue estando claro que el Magistrado, Señor Niño, no
sólo no me ha castigado, sino que me ha regalado y financiado la
excursión más apasionante e intrigante de toda mi vida, consiguiendo
con mi actitud de vivir ese tiempo de cárcel como una experiencia
casi periodística, mi revelación como potencial escritor.
Mejor o peor, no sé; eso ustedes lo juzgarán.
Un buen amigo relacionado con la literatura me ha dicho: "Javier,
tú no has creado un libro, te has volcado a través de la escritura
en cada folio que has escrito..." (César Caño).
Mi encarcelación es injusta y desproporcionada y yo en ningún
momento me sentí un preso conforme con su condena.
Creo que merece la pena que se lean el recurso que se inventó mi letrado para intentar conseguir de su Señoría que me sacaran
de la cárcel de inmediato. Y digo que se lo inventó, porque las
providencias judiciales no admiten ningún tipo de recurso, y a mí me aplicaron una de ellas para transformar mi pena de 900,00 € en siete meses y quince días de prisión, y otra, para meterme en
la cárcel.
Pero lo mejor fue que el Magistrado Juez de Avilés, Señor Niño,
lo admitió y respondió en forma de Auto, porque reconoció que el
uso de la providencia... "no fue lo más técnico"... Te cagas.
Pero no me sacó de la cárcel.
¡Que Dios nos ampare!
NOTA DEL AUTOR
El diez de abril de 2011 cobraré en la oficina de Caja Ávila, en La
Adrada, la última mensualidad de 425 euros de los más de 7.600
que generosamente me otorgó el magistrado juez de Avilés, Sr.
Niño, como castigo por no haber pagado su sentencia de 900 euros;
pero eso sí: con cargo a la cuenta de ustedes.
Aunque también yo les debería de pedir perdón.
Lo siento, lo siento de verdad; créanme.